Ryanair tendrá que indemnizar con 1.469 euros a una familia de tres miembros por denegar “indebidamente” su embarque en un vuelo Barcelona-Fuerteventura al no admitir el libro de familia como documento de identificación del menor, que no portaba DNI, según una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona.
El tribunal desestima así las alegaciones de Ryanair y le condena a devolver a la familia demandante un total de 1.469 euros, a razón de 269 euros en concepto de devolución del precio de los tres billetes contratados y 400 euros por pasajero en concepto de compensación económica, además de condenarle al pago de las costas. La aerolínea irlandesa es la única en España que impone esta obligación a los menores.