Las aerolíneas tendrán que indemnizar aunque el retraso sea por avería

Fecha: 
22/09/2015

Un fallo técnico ya no vale como excusa. Si el vuelo se retrasa o cancela, las compañías aéreas tendrán que indemnizar a los pasajeros, salvo que sea un acto de sabotaje, terrorismo o un vicio oculto en la fabricación del avión. Así lo establece una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo. 

El truco se lo saben: en caso de retraso o cancelación, te dicen que no te indemnizan porque no ha sido culpa suya. Ha sido un "fallo técnico".


Bueno, pues esta excusa dejó de ser válida ayer. Una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo lo dice claramente: "incluso si el retraso o cancelación se debe a problemas técnicos imprevistos, las aerolíneas deben compensar a los pasajeros".


Solo hay 3 excepciones que siguen valiendo para no indemnizar:

  • el fallo técnico se debe a un acto de sabotaje que puede ser demostrado.
  • ha tenido lugar un ataque terrorista.
  • el avión tiene defectos de fábrica.
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