El Tribunal Supremo ha planteado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea dos cuestiones prejudiciales en relación con la interpretación de la normativa comunitaria en materia de cláusulas de vencimiento anticipado de los contratos hipotecarios.
La consulta llega algo más de un mes después de que el Tribunal de Justicia de la UE enmendara la plana al Tribunal Supremo al contradecir su doctrina en torno a las cláusula suelo y establecer que lal cláusulas suelo opacas lo son desde su origen con lo que la banca debe devolver lo cobrado por ellas con retroactividad total, y no desde mayo de 2013 como sostenía el Alto Tribunal español en relación a la fecha en que fijó los criterios de transaprencia exigibles.