El 9 de octubre de 2025 marcará un hito en el panorama bancario europeo. Ese día entrará en vigor una medida largamente demandada por especialistas en ciberseguridad y asociaciones de consumidores: las entidades financieras tendrán que comprobar que el nombre del beneficiario coincide con el IBAN antes de procesar transferencias inmediatas en euros.
Esta obligación, prevista en el artículo 5 quater del Reglamento (UE) 2024/886 de 13 de marzo de 2024, pretende frenar uno de los fraudes digitales más extendidos de los últimos años: el denominado ataque de suplantación man-in-the-middle, que ha causado importantes perjuicios tanto a usuarios particulares como a empresas y entidades bancarias y financieras.