El Gobierno ha anunciado, dentro del anteproyecto de reforma de la Ley de Crédito al Consumo, la prohibición de que las entidades financieras puedan ofrecer financiación no solicitada, incluyendo la expedición de tarjetas de crédito o la ampliación de sus límites sin petición expresa del cliente. La medida, que a primera vista puede parecer técnica, supone en realidad un cambio relevante en la configuración jurídica del crédito al consumo en España, al reforzar el principio de consentimiento expreso como condición imprescindible para la validez de este tipo de operaciones. De hecho, conecta con el mandato del artículo 51 de la Constitución, que obliga a los poderes públicos a garantizar la defensa de los consumidores y usuarios.